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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 347680
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 1095
ACTOS FUTUROS INCIERTOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 1095
Si el Juez responsable mandó suspender una diligencia de apeo, ordenada en jurisdicción voluntaria, en vista de la oposición de la parte quejosa, para resolver lo procedente con vista de lo que expusiera la parte contraria, ello indica que tal acto no es inminente sino que está sujeto a una nueva resolución en la que tal vez pueda ordenarse que se practique esa diligencia de apeo y deslinde o tal vez lo contrario, y en esa virtud, siendo incierto el acto que se reclama, la suspensión no puede decretarse.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 3858/46. "Fraccionamiento San Pedro", S.A. 27 de julio de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.