Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/347722
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 347722
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 1564
GESTION DE NEGOCIOS, SUS DIFERENCIAS CON EL MANDATO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 1564
El concurso de las voluntades del mandante y del mandatario, forman el mandato, en tanto que en la gestión oficiosa, la intervención del gestor tiene por origen la voluntad unilateral y espontánea de éste, ya que participa en los actos, sin el consentimiento y aun sin noticia del interesado, aunque lo presuma. En el mandato, el mandatario contrata en representación del mandante, conforme a las instrucciones que de él recibe, y la gestión de negocios tiene por fundamento, conforme al artículo 2416 del Código Civil para el Distrito Federal de mil ochocientos ochenta y cuatro, el mandato presunto del interesado, el cual se funda, a su vez, en la presunción de que se aprobaran los actos ejecutados por el gestor, con la circunstancia de que las obligaciones que contrae el dueño del negocio, no son efecto de su voluntad, sino que derivan de la ley, al reunirse los requisitos que ésta exige.
Precedentes
Amparo civil directo 6615/44. Morales viuda de Otero Josefa. 12 de agosto de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Vicente Santos Guajardo. Ponente: Hilario Medina.