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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 347761
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 2077
INTERPOSITA PERSONA DEL CLERO CATOLICO, INEXISTENCIA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 2077
La circunstancia de que un inmueble haya sido propiedad de un miembro del clero, no es presunción de que dicho inmueble fue y sigue siendo propiedad de la Iglesia, si hay prueba de que dicho individuo adquirió por testamento, de persona a quien conforme a la ley tenía derecho de heredar, el inmueble relativo, con mucha anterioridad a la época en que se promovió el juicio de nacionalidad, ya que legal y racionalmente no debe confundirse el patrimonio de una institución religiosa, con los bienes que particularmente pertenezcan a uno de sus miembros y que no tiene incapacidad legal para adquirirlos.
Precedentes
Amparo civil directo 913/32. Plancarte y Navarrete Francisco, sucesión de. 23 de agosto de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Vicente Santos Guajardo. Ponente: Hilario Medina.
Nota: Tesis relacionada con jurisprudencia 391/85, Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Tercera Parte, Segunda Sala, página 673, bajo el rubro: "NACIONALIZACIÓN, INTERPOSITAS PERSONAS PARA LOS EFECTOS DE LA."