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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 347801
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 2457
PRESCRIPCION POSITIVA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 2457
Si las demás condiciones concurren, para que se realice la prescripción positiva, basta con que el prescribiente posea en concepto de propietario, sin que pueda exigírsele que tal posesión sea conforme a un título que efectivamente, le haya trasmitido el dominio. Tal exigencia sería absurda, porque la institución de la prescripción positiva se propone sustituir al título, de manera que cuando la usucapión se consuma, el poseedor deviene propietario de la cosa que no era suya. La prescripción positiva es un medio de adquirir contra el dueño, y esta finalidad resultaría irrealizable si el poseedor, antes de adquirir por la prescripción, ya fuera, por otro título, propietario de la cosa, pues nadie puede prescribir adquisitivamente contra sí mismo, su propio bien.
Precedentes
Amparo civil directo 9528/43. Evaristo Guerra, sucesión de. 2 de septiembre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Vicente Santos Guajardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.