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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 347884
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 3276
REIVINDICACION, DOCUMENTOS BASE DE LA ACCION DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 3276
Aunque el actor en un juicio reivindicatorio no hubiera exhibido con la demanda, la escritura de propiedad del inmueble objeto de dicho juicio, si tal documento fue llevado después a los autos, por estar el caso comprendido en el artículo 98 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal, en relación con el artículo 96 del propio código, dicha escritura pudo tomarse en cuenta, como elemento justificativo de la acción.
Precedentes
Amparo civil directo 4567/36. Palomares Prisca. 30 de septiembre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Vicente Santos Guajardo. Ponente: Carlos I. Meléndez.