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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 347889
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 3290
EMPLAZAMIENTO POR MEDIO DE EXHORTO, AMPARO CONTRA EL, EN QUE SE OMITE SEÑALAR COMO RESPONSABLE, A LA AUTORIDAD EXHORTADA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 3290
Si en el amparo promovido contra el emplazamiento que se hizo al quejoso, por medio de exhorto, el Juez de Distrito consideró que no podía concederle la protección federal, porque estaba imposibilitado para estudiar sus agravios, en virtud de que no señaló como responsable a la autoridad exhortada, que fue la que practicó dicho emplazamiento, debe decirse que tal argumento es equívoco, pues la designación omitida sólo haría conocer, con el relativo informe, que fue el Juez exhortado el que practicó la diligencia de emplazamiento, informe que no podría traer copia de lo actuado como justificación, dado que el desahogo de lo mandado, obra en el exhorto, que fue ya devuelto a la autoridad exhortante, por lo que tal designación era innecesaria para el estudio de la controversia constitucional. Por otra parte, el emplazamiento comprende desde el acuerdo que mandó librar el exhorto y que fue dictado por la autoridad exhortante, y si el quejoso fundamentalmente reclama tal actuación porque estima que no debió emplazársele en esa forma, de esto se sigue que no le faltaba al Juez de Distrito materia que estudiar, por haberse hecho la reclamación esencialmente contra el Juez exhortante.
Precedentes
Amparo civil en revisión 8516/45. Richard Eduardo. 30 de septiembre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Vicente Santos Guajardo. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.