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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 347892
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 3317
PRUEBA TESTIMONIAL, MATERIA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 3317
El tema de la prueba testimonial se agota en los hechos cognocibles sensorialmente, entre los cuales no quedan incluidos los "conceptos"; esto es, el significado, la calificación; "los conceptos jurídicos" no pertenecen al material que informa, en el sentido de la doctrina y de la ley, el conocimiento de los testigos, reducido por norma expresa, a "los hechos".
Precedentes
Amparo civil directo 10768/42. Jiménez Sota María Luisa. 25 de octubre de 1946. Mayoría de tres votos. Ausente: Hilario Medina. Disidente: Vicente Santos Guajardo. La publicación no menciona el nombre del ponente. Engrose: Emilio Pardo Aspe.