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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 347895
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 3317
PRESCRIPCION POSITIVA (REGISTRO PUBLICO, EFECTOS DE LAS INSCRIPCIONES EN EL).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 3317
La prueba del dominio por parte del demandado, en un juicio sobre prescripción positiva, con las cargas que le son inherentes, como el pago de los impuestos, y con todos los derechos que lo integran, principalmente el "jus possidendi", no obsta a la acción intentada, pues por el contrario, es elemento constitutivo de ella. El objeto de esa acción es una sentencia que declare que el actor ha adquirido por prescripción la cosa inmueble que a otro pertenecía; por lo que debe estimarse que si el demandado aparecía como propietario en el Registro Público, quedó por tal motivo, legitimado pasivamente en el juicio.
Precedentes
Amparo civil directo 10768/42. Jiménez Sota María Luisa. 25 de octubre de 1946. Mayoría de tres votos. Ausente: Hilario Medina. Disidente: Vicente Santos Guajardo. La publicación no menciona el nombre del ponente. Engrose: Emilio Pardo Aspe.