Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/347922
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 347922
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 313
ACTOS DE TRACTO SUCESIVO, SUSPENSION CONTRA LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 313
En los actos de tracto sucesivo, la autoridad responsable sigue interviniendo de una manera continua, de momento a momento, bien sea directamente o a través de una persona que nombra para llenar determinada función en el proceso, como en el caso del interventor con cargo a la caja y en otros que no es necesario enumerar, y en estos casos la suspensión sí procede, para paralizar cualquiera actividad que implique la intervención directa o indirecta de la autoridad responsable.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 1453/46. Pedro Miramón. 6 de abril de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.