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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 347947
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 612
PRESCRIPCION MERCANTIL, RENUNCIA IMPROCEDENTE DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 612
En materia mercantil no son renunciables los plazos de la prescripción negativa, pues el artículo 1039 del Código de Comercio dispone que los términos fijados para el ejercicio de acciones procedentes de actos mercantiles serán fatales, sin que contra ellos se dé restitución, y el artículo 1038 establece como regla especial, la de que las acciones que se deriven de actos comerciales se prescribirán con arreglo a las disposiciones del mismo Código.
Precedentes
Amparo civil directo 8116/36. Castillo Benito. 10 de abril de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Emilio Pardo Aspe. La publicación no menciona el nombre del ponente