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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 347983
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 978
SINE ACTIONE AGIS, EFECTOS DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 978
La sine actione agis no alude tanto a la existencia del derecho sustancial como a la falta de legitimación para hacerlo valer en juicio; y es claro que al oponer el demandado esa excepción, no excluyó la defensa consistente en la falta de derecho en el actor, para proponer la acción deducida.
Precedentes
Amparo civil directo 10036/44. Vite Atilana, sucesión de. 24 de abril de 1946. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Emilio Pardo Aspe.