Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/347998
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 347998
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 1166
PERSONA EXTRAÑA AL JUICIO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 1166
Si con motivo de un juicio, fueron embargadas las rentas de una casa de la promovente, es indudable que tal acto viola en su perjuicio garantías individuales, aunque tuviera el carácter de representante de la demandada, si en lo personal es extraña al juicio promovido y contra ella no se ha seguido alguno en que fuera oída y vencida.
Precedentes
Amparo civil en revisión 9306/43. Aladro viuda de Otero Delfina. 26 de abril de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.