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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 348006
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 1247
DAÑOS Y PERJUICIOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 1247
No habiéndose indicado en qué consisten los daños y perjuicios que se reclamaron, ni justificado su existencia, la responsable carecía de base para declarar probada la acción que por ese concepto se ejercitó y, por lo mismo, obró legalmente al absolver al demandado respecto a este punto, sin que por ello pueda estimarse que se tomó en cuenta una excepción que éste no hizo valer.
Precedentes
Amparo civil directo 9827/44. Ortiz viuda de Ortiz María Ana. 29 de abril de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Emilio Pardo Aspe. La publicación no menciona el nombre del ponente.