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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 348070
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 1973
POSESION, RESTITUCION EN LA, POR LA CONCESION DEL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 1973
La ejecutoria que concede el amparo contra la sentencia que condenó al quejoso en un interdicto de recuperar la posesión, tiene efectos restitutorios, los que, de acuerdo con el artículo 80 de la Ley de Amparo y jurisprudencia aplicable, se retrotraen a la época en que sufrió la violación de sus derechos individuales, o sea, a la fecha en que le fue quitada la tenencia material en el juicio de interdicto. En tales condiciones, debe estimarse que quien obtuvo la protección federal no ha dejado de ser poseedor ni un momento, y que su contraparte en aquel interdicto estuvo en realidad poseyendo a su nombre.
Precedentes
Amparo civil directo 5503/45. Lara Benjamín. 5 de junio de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos I. Meléndez. Relator: Hilario Medina.