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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 348071
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 1974
REIVINDICACION, ACCION DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 1974
La acción reivindicatoria se dirige precisamente contra el poseedor precario; en derecho y no en contra del poseedor; es decir, contra quien ostente título y posea con el "animus domini", aunque otro a su nombre y aún contra su voluntad tenga la tenencia material, y no contra quien tiene la posesión derivada de título que no transfiere el dominio. En consecuencia, debe estimarse que la acción reivindicatoria enderezada después de que la Suprema Corte reconoció en su ejecutoria de amparo como poseedor a una persona, fue perfectamente dirigida contra ésta, no obstante que al intentarse tal acción no tuviera la tenencia material.
Precedentes
Amparo civil directo 5503/45. Lara Benjamín. 5 de junio de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos I. Meléndez. Relator: Hilario Medina.