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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 348073
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 2011
RESPONSABILIDAD CIVIL OBJETIVA, POR EL USO DE MECANISMOS PELIGROSOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 2011
El hecho de que el chofer que maneja un automóvil con el que causó un daño, esté autorizado para manejarlo mediante licencia expedida por la autoridad competente, no libra al responsable de la obligación de reparar los daños causados, porque no hace desaparecer la peligrosidad, del mecanismo de que se trata, mismo que entra en las prevenciones del artículo 1913 del Código Civil.
Precedentes
Amparo civil directo 3827/44. Díaz Arochi José. 6 de junio de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos I. Meléndez. Relator: Agustín Mercado Alarcón.