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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 348085
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 2283
DONACION ENTRE CONSORTES (LEGISLACION DE ZACATECAS).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 2283
De acuerdo con el artículo 48 de la Ley de Relaciones Familiares del Estado de Zacatecas, la mujer no podrá contratar con su marido para transmitirle o adquirir de él bienes raíces, derechos reales o de cualquier clase. Por tanto, el contrato de donación entre consortes carece de efectos legales, por ser contrario a una ley prohibitiva, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 7o. del Código Civil del Estado.
Precedentes
Amparo civil directo 3934/45. Salas Alfonso, sucesión de. 13 de junio de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos I. Meléndez. Ponente: Vicente Santos Guajardo.