Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/348187
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
348187
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 347

AMPARO DIRECTO, REPARACION DEL (VIOLACIONES NO RECLAMADAS COMO AGRAVIOS EN LA APELACION).

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 347

Precedentes

Amparo civil directo 3196/36. Novia viuda de Lara Eloísa. 17 de enero de 1946. Mayoría de tres votos. Disidentes: Emilio Pardo Aspe y Carlos I. Meléndez. Relator: Agustín Mercado Alarcón.
Registro digital (IUS): 348187