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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 348195
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 454
RENTAS, SUSPENSION CONTRA EL COBRO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 454
Se ha considerado que el cobro de las rentas es de tracto sucesivo, y la suspensión sí puede operar para impedir ese cobro, por parte del depositario o interventor nombrado en juicio en el que la función judicial se sigue desarrollando a través de ese depositario interventor, pero cuando el acto reclamado, relativo al cobro de las rentas, no deriva de esto, sino de haberse dado la posesión de un inmueble a una persona, en este caso la suspensión no puede operar, porque afectaría esa posesión que ya se dio y tendría en este caso la medida efectos restitutorios, que sólo son propios de la sentencia que se dicte al resolver al fondo del amparo.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 7048/45. Ornelas Paula. 19 de enero de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.