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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 348238
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 994
HIPOTECA, ACCION REAL DE (LEGISLACION DE VERACRUZ).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 994
La acción real hipotecaria presupone para su ejercicio, la existencia de dos contratos, uno principal y otro accesorio. Así, tratándose de una emisión de bonos u obligaciones con garantía hipotecaria, el contrato principal es el préstamo y el accesorio la hipoteca, que garantiza el pago de esas obligaciones. Para que pueda surtir sus efectos el contrato accesorio, es necesario demostrar la existencia del principal, pues si éste no existe, la hipoteca tampoco tiene existencia jurídica, según se desprende claramente de los términos del artículo 1671 del Código Civil del Estado de Veracruz de mil ochocientos noventa y seis.
Precedentes
Amparo civil directo 5060/41. Bretón Guillermo y coagraviados. 7 de febrero de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Emilio Pardo Aspe. Ponente: Vicente Santos Guajardo.