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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 348275
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 1438
LEYES SUPLETORIAS EN MATERIA MERCANTIL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 1438
La Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia ha establecido la tesis de que tratándose de recursos en los juicios mercantiles, no es aplicable supletoriamente la legislación civil.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto que desechó la demanda 9746/45. Medina Donaciano. 15 de febrero de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos I. Meléndez. La publicación no menciona el nombre del ponente.