Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/348342
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 348342
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 2358
FIANZA EN EL AMPARO, MONTO DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 2358
Si el Juez de Distrito, al fijar la fianza, no dio ninguna razón o fundamento para determinar su monto, es procedente revocar el punto decisorio respectivo de la interlocutoria, a efecto de que lo fije dando las razones y fundamentos legales que estime procedentes.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 9642/45. Quiroz Manuel. 12 de marzo de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.