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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 348365
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 2719
AUTORIDADES EJECUTORAS, SUSPENSION CONTRA LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 2719
Si la quejosa señaló como autoridad responsable, no sólo a la ordenadora, sino a la ejecutora, y se fijó como acto reclamado una sentencia, indudablemente debe sobreentenderse, que se reclama también su ejecución por parte de la otra autoridad, luego no es necesario ampliar la demanda de amparo para obtener la suspensión de la ejecución mencionada.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 1174/46. Lara Francisco G. 23 de marzo de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.