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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 348369
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 2780
ARRENDAMIENTO, LAS ACCIONES DE RESCISION DEL CONTRATO DE, Y PAGO DE RENTAS, NO SON CONTRADICTORIAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 2780
Las acciones de rescisión del contrato de arrendamiento y de pago de rentas no son contradictorias, pues la última se funda en el contrato y es precisamente la falta de pago de las pensiones fijadas como renta, lo que origina la causa de rescisión por incumplimiento de dicho contrato.
Precedentes
Amparo civil directo 8063/39. Blanco Carlos. 25 de marzo de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.