Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/348444
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 348444
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 484
ACREEDORES, SUSTITUCION DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 484
La sustitución de acreedores solamente se efectúa por convenio o por la subrogación legal a que se refieren los artículos 2058 y 2059 del Código Civil del Distrito Federal.
Precedentes
Amparo civil en revisión 7526/40. Negociación Fabril de Soria, S. A. 16 de octubre de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hilario Medina. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.