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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 348472
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 764
CODIGO CIVIL VIGENTE EN TAMAULIPAS, APLICACION RETROACTIVA DEL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 764
De los términos en que está concedido el artículo 1o. transitorio, del Código Civil vigente en el Estado de Tamaulipas, se desprende, contrario sensu, que cuando la aplicación de sus disposiciones a los actos anteriores a su vigencia, pueda violar derechos adquiridos, no será dicho código el aplicable, sino necesariamente el que regía con anterioridad.
Precedentes
Amparo civil directo 173/42. Le-Vaseur Fernando. 25 de octubre de 1945. Mayoría de tres votos. El Ministro Hilario Medina no intervino en este asunto, por encontrarse disfrutando de una licencia. Ponente y disidente: Vicente Santos Guajardo. Engrose: Carlos I. Meléndez.