Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/348487
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 348487
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 852
AUTORIDADES EJECUTORAS, SUSPENSION CONTRA LOS ACTOS DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 852
Aunque la autoridad ejecutora niegue los actos reclamados de ella, reclamándose la ejecución de un acto de inminente realización, para los efectos de la suspensión, deben estimarse ciertos, pero la misma no puede ser otorgada si aquellos fueron dictados en cumplimiento de una sentencia ejecutoriada.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 5687/45. Urrutia V. Gorgonio. 29 de octubre de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.