Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/348488
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
348488
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 853

HECHO SUPERVENIENTE.

[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 853

Precedentes

Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 5836/45. Cid del Prado Isauro. 29 de octubre de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Octava Parte común, jurisprudencia número 314, página 520 con el rubro: "SUSPENSION POR CAUSA SUPERVENIENTE. SE FUNDA EN HECHOS POSTERIORES A LA RESOLUCIÓN.".
Registro digital (IUS): 348488