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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 348506
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 1076
POSESION, INSPECCION JUDICIAL COMO PRUEBA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 1076
La inspección judicial es un medio de prueba que no basta por sí solo para acreditar la posesión, especialmente cuando se trata de un inmueble, puesto que no tiene más objeto que hacer que el Juez mismo compruebe por su propios sentidos, la existencia de determinados hechos o circunstancias que, en un momento dado, existen, pues aun cuando la posesión ofrece situaciones de hecho, la misma no puede ser apreciada por una simple inspección transitoria, sino que requiere una observación de carácter permanente, que no puede realizarse en una diligencia de tan limitada duración como es la de que se trata; pero aún admitiendo que la inspección judicial demuestra la tenencia u ocupación de una persona, de ninguna manera puede aceptarse que acredite que la posesión que tenga esa persona, lo sea a título legal.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 6857/45. Cruz Barbabosa Agustín. 10 de noviembre de 1945. Mayoría de tres votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. Disidente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.