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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 348524
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 1312
EJECUTORIAS DE AMPARO, FUERZA DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 1312
La fuerza de los fallos constitucionales estriba en que la verdad legal que en los mismos se establece, no puede alterarse en forma alguna, porque esa verdad legal tiene el carácter de incontrovertible y no puede ampliarse ni limitarse en sus efectos, por sentencia ni ley de ninguna especie, pues a tanto equivaldría como a consentir que los fallos de la Justicia Federal fueran materia de nueva controversia y que pudieron desobedecerse por resoluciones del orden común.
Precedentes
Queja en materia administrativo 391/45. Morales de Meca Alberto. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Bartlett Bautista. Relator: Franco Carreño.