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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 348542
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 1466
RESPONSABILIDAD CIVIL POR ACTOS ILICITOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 1466
Si el demandante fundó su acción de pago de responsabilidad civil por actos ilícitos, que intentó contra el presidente de la República, en que fue destituido en forma ilegal del puesto público que desempeñaba, y de las constancias de autos aparece que en realidad fue el Poder Legislativo el que decretó esa destitución, atendiendo a la solicitud que le envió el Ejecutivo Federal, fundada en lo dispuesto en el artículo 111 de la Constitución Política de la República, de esto se sigue que en el caso faltó la base para la acción de responsabilidad civil ejercitada contra el Ejecutivo.
Precedentes
Amparo civil directo 4497/40. Díaz Leovigildo. 28 de noviembre de 1945. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Carlos I. Meléndez.