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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 348556
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 1562
SUBARRENDATARIO, SUSPENSION PEDIDA POR EL, OSTENTANDOSE COMO EXTRAÑO AL PROCEDIMIENTO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 1562
Si la quejosa se ostenta como extraña al procedimiento que reclama y presenta un contrato de subarrendamiento en que el arrendador es justamente el arrendatario que se manda sea lanzada, en el juicio de desocupación que dio origen al acto reclamado, y no aparece el contrato de arrendamiento del que pudiera deducirse que dicho demandado tuviera la facultad de subarrendar el documento que presenta la quejosa no es bastante para acreditar un interés jurídico; pues sobre el particular, las Suprema Corte ha entendido por interés jurídico aquél que la ley protege para que una persona pueda tener la posesión debida de un inmueble.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 7553/45. Mendieta Carmen L. 1 de diciembre de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos I. Meléndez. La publicación no menciona el nombre del ponente.