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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 348559
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 1613
NOTIFICACIONES IRREGULARES, CONVALIDACION DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 1613
La intervención en el procedimiento, del apoderado de una de las partes, convalida la notificación mal hecha a ésta y las actuaciones subsecuentes, de acuerdo con el artículo 77 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal, si dicho apoderado tenía reconocida su personalidad en autos, y no reclamo la notificación irregular, al comparecer en el juicio, ya que tal comparecencia presupone el conocimiento de lo actuado con anterioridad.
Precedentes
Amparo civil en revisión 10259/44. Rivera Río José. 4 de diciembre de 1945. Mayoría de tres votos. Disidentes: Hilario Medina y Carlos I. Meléndez. Relator: Agustín Mercado Alarcón.