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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 348598
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 163
MUJER CASADA, OBLIGACIONES DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 163
Conforme a lo dispuesto por el artículo 163 del Código Civil del Distrito Federal, la mujer debe vivir al lado de su marido, con la única excepción de que éste traslade su domicilio a país extranjero, a no ser que lo haga en servicio de la patria, como sucede cuando es enviado a desempeñar una comisión de carácter oficial.
Precedentes
Amparo civil directo 2307/45. Calvillo de Castillo Alicia. 9 de julio de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.