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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
348600
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 165

NOTIFICACION DE LA SENTENCIA DEFINITIVA, EL JUEZ DEL AMPARO NO PUEDE ESTUDIAR SU VALIDEZ, SI NO FORMO PARTE DE LOS ACTOS RECLAMADOS (DOCUMENTOS EN EL AMPARO, FALSEDAD DE LOS).

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 165

Precedentes

Amparo civil en revisión 2016/44. Romero Arias Félix. 9 de julio de 1945. Mayoría de tres votos. Disidentes: Agustín Mercado Alarcón e Hilario Medina. Ponente: Emilio Pardo Aspe.
Registro digital (IUS): 348600