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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 348607
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 221
ESCRITURAS PUBLICAS, LIBERACION DE LA OBLIGACION DE OTORGARLAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 221
La petición de liberación de la obligación de elevar a escritura pública un contrato, es un derecho correlativo de la misma obligación de celebrar el contrato respectivo, que bien puede hacerse valer como acción o como excepción; y sería indebido estimar que previamente debe darse al contrato la forma exigida por la ley, puesto que es de lo que trata de liberarse el actor, al hacer valer dicha acción. En consecuencia, si se celebra por escrito un contrato por el cual los compradores se obligan a pagar como precio determinada cantidad, de la que se entrega parte y el resto deberá cubrirse en abonos, conviniéndose en que se otorgaría la escritura pública respectiva al estar cubiertos todos los abonos, y éstos no se pagan íntegros, el vendedor puede exigir la rescisión del contrato.
Precedentes
Amparo civil directo 498/44. Castañeda Daniel y coagraviado. 11 de julio de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.