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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 348618
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 344
CONTRAFIANZA IMPROCEDENTE, TRATANDOSE DE GUARDA DE MENORES.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 344
La ejecución de la sentencia que ordena la incorporación de los hijos menores de la quejosa, al domicilio del tercero perjudicado, afecta derechos de aquélla que no son estimables en dinero, y por lo mismo, la contrafianza es improcedente, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 127 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Queja en amparo civil 313/45. Chávez Irene. 14 de julio de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.