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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 348632
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 450
COSTAS, FACULTADES DEL TRIBUNAL DE ALZADA EN MATERIA DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 450
El tribunal de apelación no puede sustituir su propio criterio al del Juez de primera instancia, en cuanto a la condenación de costas, a menos que se demuestre que el criterio del inferior fue arbitrario.
Precedentes
Amparo civil directo 8212/40. "Explotación de Inmuebles Rivera Torres Hermanos",
S.C.P. 20 de julio de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.