Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/348644
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 348644
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 573
CITACION PARA SENTENCIA EN LOS JUICIOS SUMARIOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 573
No es de olvidarse la circunstancia de que el Juez, dada la naturaleza del procedimiento, no puede oficiosamente hacer nueva citación para sentencia, cada vez que haya pasado el término legal, sin que ésta hubiere sido pronunciada.
Precedentes
Amparo civil en revisión 4801/37. Barreda de Woolrich María Luisa. 25 de julio de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. La publicación no menciona el nombre del ponente.