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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 348652
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 712
HIPOTECA SOBRE INMUEBLES QUE SUFREN AFECTACIONES AGRARIAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 712
Conforme al artículo 175 del Código Agrario, los acreedores hipotecarios no pueden ejercitar sus acciones, en caso de afectación agraria, más que sobre la parte no afectada y sobre la indemnización que a los deudores corresponda, y no sobre bienes distintos; por lo que debe entenderse que las deudas experimentan, de hecho, la misma reducción que sufren los inmuebles que las garantizan.
Precedentes
Amparo civil directo 4368/41. Sociedad "Manuel Villegas Sucesores". 30 de julio de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Emilio Pardo Aspe. Ponente: Vicente Santos Guajardo.