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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 348691
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 1194
NULIDAD DE ACTUACIONES.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 1194
Las actuaciones cuya nulidad no se reclama oportunamente quedan revalidadas de pleno derecho. La consideración consistente en que la promoción del incidente constituye la actuación subsecuente a las atacadas de nulas, presupone que haya alguna actividad procesal, un trámite cualquiera; por lo que si la nulidad se hizo valer después de haberse archivado el expediente, por haber concluido totalmente el juicio, no existía actividad procesal alguna, y por lo mismo, no podía ya reclamarse esa nulidad.
Precedentes
Amparo civil en revisión 6093/44. Sánchez Noriega Adolfo y coagraviados. 17 de agosto de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Emilio Pardo Aspe. La publicación no menciona el nombre del ponente.