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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
348710
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 1461

CADUCIDAD DEL PROCEDIMIENTO, NO DEBE DECLARARSE ESTANDO PENDIENTE UN EXHORTO (LEGISLACION DE GUANAJUATO).

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 1461

Precedentes

Amparo civil en revisión 5215/44. Godoy Enrique. 27 de agosto de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 348710