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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 348744
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 1917
HONORARIOS, PRESCRIPCION DE LA ACCION PARA EL COBRO DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 1917
Aunque en términos generales, la prescripción debe comenzar a correr, tratándose de servicios prestados, desde la fecha en que dejaron de prestarse, no puede aplicarse esa regla, si en el caso, el derecho de cobrar los honorarios, nació hasta que se estableció judicialmente la condena en costas, en favor de la persona a quien se prestaron esos servicios, y tales honorarios no eran exigibles, atenta la costumbre establecida, sino hasta la fecha de la conclusión del negocio.
Precedentes
Amparo civil directo 4433/44. Institución de Beneficencia "Escuela de Artes y Oficios H. Maas". 6 de septiembre de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hilario Medina. Ponente: Vicente Santos Guajardo.