Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/348751
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 348751
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 2000
FERROCARRIL INTEROCEANICO, LA ADMINISTRACION DE LOS FERROCARRILES NACIONALES DE MEXICO, TIENE PERSONALIDAD PARA OCURRIR AL AMPARO EN REPRESENTACION DE AQUEL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 2000
Según la ley que creó la administración de los Ferrocarriles Nacionales del México, el patrimonio de ésta se constituye, entre otros bienes, por los expropiados a la Compañía de los Ferrocarriles Nacionales del México, entre los que se encuentran, según escritura pública número mil sesenta y cuatro, de dieciocho de marzo de mil novecientos cuatro, los bienes del Ferrocarril Interoceánico de México. Por tanto, no puede admitirse que exista falta de personalidad de la administración de los Ferrocarriles Nacionales del México para acudir al amparo en representación del Ferrocarril Interoceánico.
Precedentes
Amparo civil en revisión 9711/44. Administración de los Ferrocarriles Nacionales del México. 7 de septiembre de 1945. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Hilario Medina no votó por las razones que constan en el acta del día. Relator: Agustín Mercado Alarcón.