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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 348760
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 2041
RENTAS, ES IMPROCEDENTE LA SUSPENSION DE SU COBRO A TITULO DE DUEÑO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 2041
Es improcedente la suspensión, cuando el acto reclamado consiste en el cobro de rentas hecho a título de dueño, pues aunque se sostiene que tal percepción tiene el carácter de tracto sucesivo, se ha entendido esto, cuando se trata de una intervención en la que se hace saber a los arrendatarios, que paguen al interventor las rentas correspondientes; pero cuando la posesión se da a una persona a título de propietario, notificándose a los inquilinos del inmueble, que en el futuro se entiendan con la persona que tiene tal carácter, resulta indudable que la suspensión no puede operar, porque se afectaría la indicada posesión, dando a la medida los efectos restitutorios que son propios de la sentencia definitiva que en cuanto al fondo del negocio dicte.
Precedentes
Tomo LXXXV, página 2901. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 5511/45. Vélez Edmundo. 24 de septiembre de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo LXXXV, página 2041. Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 3226/45. Inchaurreguí Enedina. 8 de septiembre de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.