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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 348780
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 2288
DOCUMENTOS PUBLICOS, SU VALOR PROBATORIO (ESTADO CIVIL, PRUEBA DEL).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 2288
Un documento público sólo hace prueba plena respecto del acto o actos contenidos en él, mas no de los incidentales o accesorios. Por tanto, la escritura de hipoteca en la cual se haya hecho constar que el deudor es casado y que su cónyuge compareció a prestar su consentimiento para la constitución del gravamen, no puede probar la existencia del matrimonio, ni el régimen a que estuvieran sujetos sus bienes. El estado civil de las personas, salvo excepción expresa (que no la hay respecto del matrimonio), únicamente se prueba con las constancias del Registro Civil.
Precedentes
Amparo civil directo 3925/42. Rigaviel, S.A. 24 de septiembre de 1945. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Emilio Pardo Aspe.