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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 348821
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 45
PRESCRIPCION POSITIVA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 45
Tanto la prescripción de buena fe, como la de mala fe, requieren que el prescribiente haya poseído en concepto de propietario; de manera que si esta condición no quedó probada con la prueba testimonial rendida para acreditar la posesión, y por tal motivo la responsable omitió el estudio de los demás requisitos de la prescripción adquisitiva y absolvió a la parte demandada, no puede considerarse que haya incurrido en violación de garantías individuales.
Precedentes
Amparo civil directo 1754/41. Ponce Adela. 2 de abril de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hilario Medina. La publicación no menciona el nombre del ponente.