Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/348826
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 348826
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 133
PROMESA DE VENTA, REQUISITOS DEL CONTRATO DE (LEGISLACION DE TAMAULIPAS).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 133
El artículo 888 del Código Civil del Estado de Tamaulipas, dispone que para que la promesa de contratar sea válida, deberá constar por escrito, contener los elementos característicos del contrato definitivo y limitarse a cierto tiempo. Por tanto, si tales requisitos se llenaron en un contrato de promesa de venta, debe estimarse que el mismo se celebró en la forma requerida por la ley, para los fines que se perseguían, ya que precisamente la promesa de compraventa tiene como finalidad que las partes celebren oportunamente el contrato definitivo, en el que sí deben cubrirse las formalidades requeridas por la ley, según la naturaleza del contrato; pero es indebido exigir que en el contrato de promesa de venta, se llenen las formalidades inherentes al contrato de compraventa (escritura pública, en su caso). En consecuencia si la autoridad responsable resolvió que el contrato preparatorio que las partes celebraron en documento privado, sólo daba lugar a que se exigiera la elevación del mismo a escritura pública, y que hasta que se extendiera ésta, podría exigirse el otorgamiento de la escritura pública de venta definitiva, debe estimarse que tal resolución no tiene apoyo en la ley y es violatoria de garantías individuales.
Precedentes
Amparo civil directo 379/43. Ponce María. 4 de abril de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hilario Medina. La publicación no menciona el nombre del ponente.