Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/348854
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 348854
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 505
NOVACION, NO EXISTE POR ALTERACION DE LOS REDITOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 505
La circunstancia de que se hayan cambiado los réditos, no altera la esencia del contrato ni demuestra la intención de cambiar por otra la obligación primitiva. La esencia del contrato queda incólume y la obligación es la misma, pues los réditos no son sino frutos civiles, que no pueden alterar en manera alguna la sustancia del contrato.
Precedentes
Amparo civil directo 5289/44. Garza Martínez Juan y coagraviada. 11 de abril de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Emilio Pardo Aspe. Relator: Hilario Medina.