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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 348855
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 505
NOVACION, NO EXISTE POR LA CONSTITUCION DE HIPOTECA PARA GARANTIZAR LA OBLIGACION.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 505
Debe estimarse que no existe novación de la obligación contenida en un pagaré, por el hecho de haberse garantizado, en parte, la deuda principal, con hipoteca sobre ciertos inmuebles, pues esto no autoriza a estimar que las partes tuvieron la intención de novar el contrato primitivo.
Precedentes
Amparo civil directo 5289/44. Garza Martínez Juan y coagraviada. 11 de abril de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Emilio Pardo Aspe. Relator: Hilario Medina.